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viernes, 22 de enero de 2016

La Renta Básica y la liquidación del Estado de Bienestar. Crítica a la versión neocon de la RB


El día 12 de enero, antes de ser aparentemente borrado, un tuit enviado por el activista pro-Renta Básica, Scott Santens incluía, sin ningún texto explicativo, una foto con un párrafo en el que se proponía reinventar la seguridad social a través de la Renta Básica universal.
El mencionado párrafo corresponde a un artículo publicado el día anterior en la web británica, de línea neoconservadora, Conservatives for Liberty. En el artículo, su autora, Elena Attfield, defiende la propuesta de la Renta Básica como instrumento clave en una estrategia de superación del modelo del Estado de Bienestar que habría alcanzado su “fecha de caducidad”.


Según Attfield, la nueva forma de seguridad social que representa la Renta Básica “tiene el potencial para alinearse con una plataforma para aumentar la libertad y minimizar el gobierno”. Entre las razones, menciona sin duda el tradicional problema del estigma asociado en los países anglosajones a la dependencia del welfare. Pero insiste, sobre todo, en las cuestiones que forman parte del bagaje intelectual de los enemigos del Estado del Bienestar: los desincentivos al empleo y, de manera especial, la insostenibilidad financiera del sistema tradicional de seguridad social. La Renta Básica universal “podría ser la solución a los males del Estado de Bienestar”, sostiene la autora, insistiendo en que no parece que los experimentos de aplicación de la Renta Básica hayan mostrado reducción significativa de los incentivos por el trabajo.
Determinados modelos de Renta Básica, en especial aquellos que podrían limitar el coste de la seguridad social del Estado de Bienestar, resultan sin duda funcionales con la visión neoconservadora de la protección, heredera en esta materia de las propuestas de Milton Friedman y Friedrich Hayek (que, al menos, sí contemplaban la existencia de una garantía mínima de ingresos a la población). Esto tiene que ver con el nivel de la Renta Básica que se intentaría establecer. Lo aclara a la perfección Elena Attfield al tratar de explicar por qué la propuesta sería funcional con el mantenimiento de los incentivos al empleo: “el nivel de Renta Básica proporcionada (por cualquier gobierno prudente) no sería ciertamente nada sustancial para poder vivir de ello. En el Reino Unido, de implementar una Renta Básica universal que fuera fiscalmente neutra (es decir, equivalente a lo que se gasta ahora en el welfare), cada ciudadano recibiría 423 £ por mes”.
Aunque Attfield dice proponer la Renta Básica como alternativa a estos problemas, la sujeción a las decisiones del gobierno de turno, o las políticas de recortes, también podrían acabar afectando a una Renta Básica que, en última instancia, se perfila en la visión neoconservadora como la única aportación del Estado para el Bienestar. Dado que distorsionan el funcionamiento del mercado, la asunción pública, total o parcial, de los costes asociados de la vivienda, la energía, el cuidado de niños acabarían desapareciendo. Aunque no se dice, esto podría acabar extendiéndose a largo plazo a la educación y a la sanidad públicas. Y, por supuesto, en el modelo neoconservador de Renta Básica, carecería de sentido cualquier propuesta de salario mínimo o incluso de complemento a los bajos salarios.
En última instancia, lo que verdaderamente esperan los neoconservadores de la Renta Básica es que acabe “por costar menos al contribuyente, o por sustituir al Estado de Bienestar” y a su sistema de seguridad social.
Llevada por la visión de la nueva sociedad, que supondría un renacimiento de la acción directa de la sociedad civil, Attfield llega al éxtasis al pensar en todo aquello que su Renta Básica podría llegar revertir: “¿Qué más podría un libertariano pedir: libertad individual y renacimiento de voluntariado?”, afirma. Pero hay algo más y lo señala a continuación: reducir el papel del gobierno en su papel en la redistribución de los ingresos. El objetivo buscado es “cortar el lazo del gobierno con las finanzas personales del individuo”.
Como he venido advirtiendo en los últimos tiempos, el experimento de Renta Básica propuesto en Finlandia tiene que ver, en parte al menos, con la concepción ideológica que inspira a Attfield y cuya traducción práctica es liquidar el Estado de Bienestar, tal y como lo conocemos. Evidentemente, no para consolidar mayores niveles de protección, simplemente aquellos que puedan resultar funcionales con la libertad económica y el gobierno mínimo. En su interpretación de la justificación de la propuesta por Juha Sipilä, primer ministro finlandés y líder del Partido del Centro, Attfield señala que la Renta Básica ofrece posibles soluciones tanto “a la superflua burocracia como a las trampas de la pobreza causadas en la actualidad por el Estado de Bienestar”.

No vale cualquier acusación contra los sistemas de rentas mínimas condicionados; y tampoco merece apoyo incondicional cualquier tipo de Renta Básica. Hay algunas propuestas para implantarla que no sólo merecen críticas parciales sino un rechazo absoluto. La que pretende sustituir todo el entramado del Estado de Bienestar por una Renta Básica, de cuantía “nada sustancial” para sobrevivir sin otras fuentes de ingresos, es una de ellas. Por desgracia, este este modelo de Renta Básica parecer ser el que está contribuyendo a acercar a la derecha tradicional y algún tipo de nueva izquierda al objetivo de acabar con la seguridad social tradicional.
Luis Sanzo

martes, 29 de septiembre de 2015

Debatiendo las políticas de garantías de rentas (III)



Parte 3: Una propuesta alternativa de actuación en la que se tengan además en cuenta las necesidades de la población trabajadora con menores ingresos

España se enfrenta a la necesidad de abordar la problemática de la pobreza. Y lo hace en un contexto fiscal difícil, con una alta tasa de paro, una deuda acumulada cercana al 100% del PIB y un escenario de elevados déficits anuales, todavía hoy cercanos al 6%. Se enfrenta además a un proceso de envejecimiento en el que tiene que afrontar el nivel más alto de gasto en pensiones hasta ahora conocido.

En estas circunstancias, resulta imprescindible anteponer el objetivo de eliminar la pobreza a cualquier otra consideración, fomentando las soluciones que puedan resultar más eficaces y que cuenten con el aval de la evidencia y los resultados contrastados. Sacralizar determinados medios o instrumentos, en detrimento de la consecución del objetivo, ya sea para imponer una solución basada en la regulación estatal frente a la autonómica, ya sea para impulsar un cambio completo de los fundamentos actuales del sistema de protección, constituiría un grave error.

Tweet de José Antonio Noguera, uno de los participantes en el Seminario sobre política de garantía de ingreso celebrado el 11 de septiembre de 2015 en Zaragoza. En agradecimiento al organizador, Pau Marí Klose.
 
En este contexto, una línea de intervención para España en materia de garantía de ingresos podría pasar por tres tipos de actuaciones complementarias que contarían, al menos en parte, con el apoyo de los distintos agentes impulsores del cambio en las políticas de garantía de ingresos:

1. La primera intentaría recoger los planteamientos hoy dominantes que pretenden ampliar la extensión de la protección a las personas, ya sea en la línea Renta Básica o en la de ampliación de la cobertura del sistema de prestaciones no contributivas de la Seguridad Social.
  
   Una propuesta de este tipo implicaría profundizar en la línea planteada de mejorar de las prestaciones para menores, con la perspectiva puesta en una Renta Básica para la población menor de 18 años. Supondría igualmente extender la atención a las personas sin ingresos, en especial en el caso de la población desempleada. Las propuestas de Renta Básica para ciertos colectivos, el Mínimo Vital del PSOE o la prestación para desempleados de UGT y CCOO constituyen ejemplos de dinámicas positivas en esta dirección.

2. La segunda línea de actuación debería centrarse en desarrollar un sistema complementario de prestaciones autonómicas que, partiendo de los mínimos establecidos en el ámbito de la Seguridad Social, procurara optimizar los recursos disponibles para acercarse al objetivo de cobertura de las necesidades básicas para la existencia en condiciones dignas. En un contexto de recursos financieros escasos, aún queda un papel decisivo para las actuaciones que la Constitución sitúa en el campo de la asistencia social.

   La línea de intervención de las Comunidades Autónomas debería seguir centrándose en consolidar una última red de garantía que, en caso necesario, pudiera completar la protección de base individual de la Seguridad Social a través de un sistema de Rentas Mínimas que tengan en cuenta las necesidades de las unidades de convivencia realmente existentes. Las Rentas Mínimas autonómicas también deberían atender a los grupos desatendidos por el sistema de prestaciones generales de la Seguridad Social.

   La política de Rentas Mínimas autonómicas debe sin embargo reformarse para garantizar el derecho a la protección mientras persista la situación de necesidad, sin que el apoyo pueda subordinarse a la existencia de disponibilidades presupuestarias o a la aplicación de políticas de contraprestación. Las Rentas Mínimas deben además diseñarse de acuerdo con planteamientos universalistas, favoreciendo la atención a toda la población necesitada, con independencia de la situación en relación con la actividad.

    La concepción y la gestión autonómica de este sistema no implican que el Estado no pueda establecer en una ley general unos mínimos a garantizar. En tal caso, en esta ley general el Estado debería igualmente definir la parte de financiación del programa que le correspondería para hacer efectivos esos mínimos garantizados.

3.  La actuación autonómica para establecer una última red de protección no termina sin embargo con las prestaciones de garantía de ingresos. Resulta necesario prever, en tercer lugar, mecanismos complementarios que hagan frente a necesidades puntuales de la población. Estos programas son necesarios para prevenir crisis de ajuste entre ingresos y gastos. Deben enfocarse, además, con criterios más amplios que el del programa de garantía de ingresos anterior en cuanto a la población destinataria del sistema de ayudas y prestaciones.

   Las necesidades a atender tendrían que tomar en consideración el objetivo de garantizar el acceso y mantenimiento de la población en la vivienda, además de hacer frente a otras necesidades puntuales y a situaciones de emergencia.

Las actuaciones señaladas pueden complementarse con otras medidas más ambiciosas, orientadas a mejorar el bienestar general de la población. En particular, resulta de importancia introducir un sistema de bonificación al empleo que garantice en toda situación una mejor posición personal y familiar en caso de acceso al trabajo. En función de las preferencias que se establezcan, estas medidas pueden aplicarse en vinculación al sistema de garantía de ingresos o integrarse dentro del sistema fiscal.

Junto a unas políticas familiares que tiendan a la universalización y un sistema de ayudas de emergencia de objetivos amplios, este tipo de actuaciones de bonificación al empleo constituyen una pieza clave en unas políticas sociales equilibradas que pretendan mejorar el bienestar de toda la población y no sólo de la parte más desfavorecida de la misma. El proceso de acceso a la protección social no puede introducir fronteras bruscas y estancas entre quienes acceden o no a ella. No puede tampoco situar en mejores condiciones sociales y económicas a quienes no participan del proceso productivo. Sólo si se cumplen esas condiciones, una decidida política de apoyo a la parte más débil de la sociedad llegará a ser considerada completamente legítima por el conjunto de la población.

Las distintas actuaciones señaladas deben integrarse en el modelo general de protección social en España. Pero las medidas a incorporar a una propuesta ambiciosa de política contra la pobreza tampoco terminan ahí. Los programas de garantía de ingresos deben completarse con otras actuaciones. Entre ellas se incluyen todas las medidas que contribuyan a hacer efectivo el derecho al trabajo a través de programas de activación, formación, intermediación, apoyo y acceso al empleo. También deben contemplarse actuaciones que aborden el problema de sobreendeudamiento que afecta a muchas familias en España.

Este conjunto de medidas podría incorporarse a un Plan Interinstitucional de Lucha contra la Pobreza en España que hiciera realidad la necesidad de acción coordinada de las distintas Administraciones públicas. El Senado sería el marco racional en el que pudiera hacerse efectivo el debate y el acuerdo respecto a este Plan.

El Plan no debería olvidar que, además de garantizar a toda la población la cobertura de las necesidades básicas para la existencia, nuestra sociedad tiene también otra obligación clave. Se trata, en particular, de hacer posible que las nuevas generaciones jóvenes que acceden a la vida adulta tengan la oportunidad de tener un acceso normalizado a los bienes que hacen posible la estabilidad de un país: una vivienda adecuada y a precios razonables y un empleo estable y suficientemente remunerado.

En los próximos meses, muchas de las incógnitas hoy planteadas empezarán a resolverse. Pero dos experiencias del pasado reciente en España deberían inspirar la actuación. La primera nos indica que es necesario ampliar la protección; la segunda que ninguna posibilidad de intervención debe ser menospreciada, ni siquiera en lo relativa a la política social autonómica. Ambición y flexibilidad deben presidir cualquier reforma de las actuaciones públicas en la lucha contra la pobreza.