martes, 13 de enero de 2015

La política de garantía de ingresos en España


La asignatura pendiente de la protección social en España


Resumen


Evolución del número de desempleados en España


España no ha sido capaz de garantizar unos ingresos decentes a los ciudadanos durante la crisis. Pero el origen de este problema es anterior a la crisis de 2007-13. España sufre desde los años 80 de elevadas tasas de desempleo que apenas ha bajado del 10% durante unos pocos años. Los años de bonanza no fueron aprovechados para corregir el problema ni prevenir futuras crisis. Y existe un problema demográfico de fondo que pone además en riesgo el futuro de las pensiones. Se concluye que al menos parte del problema social actual, no es económico sino de modelo social y, por tanto, España sí puede actuar. España necesita replantear con urgencia su política de garantía de ingresos.


El problema de la garantía de ingresos


El lanzamiento de este blog es una buena noticia. España necesita replantear con urgencia su política de garantía de ingresos y, dentro de ella, los programas de renta básica pueden tener protagonismo.
Como demuestran las colas en las puertas de los bancos de alimentos, el liderazgo de entidades como Cáritas en la protección a los más desfavorecidos o la salida masiva de población del país, el sistema público de protección en España no ha sido capaz de garantizar unos ingresos mínimos decentes a todos sus habitantes durante el periodo de crisis. Ha aumentado de forma significativa la pobreza y España se ha convertido en uno de los países con mayores niveles de desigualdad en Europa.

Los orígenes del problema

Los orígenes de este problema son muy anteriores a la crisis económica del periodo 2007-2013. Se relacionan con el impacto a largo plazo de la destrucción de una parte sustancial del tejido industrial español en los años 70 y 80 del pasado siglo. Sin que el desarrollo del sector servicios consiguiera durante mucho tiempo compensar la caída del empleo industrial, las consecuencias de este proceso económico se vieron agravadas por la llegada al mercado de trabajo de las generaciones anchas del baby boom de los años 50 a 70.

Desde 1980, España sólo ha vivido un periodo equivalente a tres años con un nivel de paro inferior al 10% (entre el segundo trimestre de 2005 y el primero de 2008). En los últimos 34 años, la tasa de paro ha superado el 15% durante 23 años y el 20% durante 11 años y medio. No se trata sólo, además, de desempleo sino de precariedad laboral masiva y estructural. A primeros de 2014, un 46,2% de la población activa española se encontraba desempleada o trabajaba en un empleo temporal o a tiempo parcial.

 

Desde la perspectiva social, España nunca ha hecho frente a esta realidad, dejando de lado a una parte de su ciudadanía, en particular a la población adulta joven afectada de forma crónica por el desempleo, la eventualidad en el trabajo o los bajos salarios. Esta insuficiencia de origen se ha visto además acentuada, desde finales de los años 80, por un fuerte incremento del precio de la vivienda, apenas algo matizado a partir de la crisis financiera. La progresiva atomización de las estructuras familiares, resultado de la modernización de las formas de vida, ha contribuido igualmente a acentuar los desajustes del sistema de protección social español, muy poco adaptado para hacer frente a problemáticas como las que presentan las familias monoparentales.

La insuficiente protección a personas desempleadas de larga duración y a población trabajadora con bajos salarios ha sido un problema permanente que ha tenido graves consecuencias sociales para España. La ausencia de un buen sistema de prestaciones familiares y de garantía de ingresos mínimos ha provocado un desequilibrio demográfico que puede acabar en los próximos años con el sistema de pensiones que conocemos, ha contribuido al mantenimiento de elevadas tasas de pobreza incluso en periodos de fuerte crecimiento económico y ha acentuado las dramáticas consecuencias de la crisis reciente.

Dos procesos sociales decisivos

En cierta forma, el boom económico de los años 1996 a 2006 sólo ha servido para difuminar el alcance de los problemas existentes y acentuar sus implicaciones sociales durante la crisis. En particular, las consecuencias de dos procesos sociales decisivos en este periodo no han sido suficientemente tenidas en cuenta.
El primero tiene que ver con el impacto demográfico de una política migratoria que, en apenas una década, convirtió a España de nación de emigrantes a país de atracción masiva de población extranjera. Entre 1996 y el periodo 2008-2010, este proceso se tradujo en una aportación de 3,5 millones de personas más a la población activa. Este incremento se sumó, en el mismo periodo, al aumento en 3,2 millones de la población activa nacional, resultado de la tendencia al alza de las tasas de actividad.

En este contexto, la reproducción de tasas de paro superiores al 20% a partir de 2010 tiene una dimensión muy diferente en la España actual que en la de los años 80 y 90. Frente a cifras máximas cercanas a los 4 millones de personas desempleadas en aquellos años, el desempleo actual aún se mantiene cerca de los 5,5 millones en 2014, habiendo traspasado durante la crisis el umbral de los 6 millones.


El segundo proceso relevante se relaciona con un factor habitualmente poco considerado al analizar el origen del boom de la construcción durante el último periodo de crecimiento económico en España. Se trata del acceso masivo a la vida independiente de la población joven que, como consecuencia del paro y de la inestabilidad laboral, había retrasado la salida del hogar familiar en los años 80 y 90. Asociado a la llegada de población inmigrante, este proceso supone pasar de alrededor de 12,3 millones de hogares en 1996 a 18,3 millones en 2014, con un incremento del 49,2%.

Las consecuencias de esta evolución es una sustancial transformación en el perfil interno de la población afectada por el desempleo durante la crisis del periodo 2006-2013. Mientras la mayor parte de las personas desempleadas en España eran menores de 30 años en los picos de desempleo de 1988 y 1994 (63,8% y 53,7%), en el momento álgido de la crisis en 2013, un 70,5% de las personas desempleadas tenían más de 30 años. Este cambio se vincula a un sustancial incremento de la parte que corresponde, dentro del colectivo desempleado, a las personas con responsabilidades en el mantenimiento del hogar. Así, frente a un 37,9% en 1988 y un 44,7% en 1994, la proporción de población desempleada que es persona de referencia en el hogar, o su cónyuge o pareja, sube en 2013 al 64,8%.

Las implicaciones combinadas de los dos procesos señalados aparecen de forma muy nítida al considerar cifras absolutas. De esta forma, el número de personas desempleadas con responsabilidades en el mantenimiento del hogar aumenta de 1,14 millones en 1988 y 1,76 millones en 1994 a 4,07 en 2013. Este cambio explica que la crisis social actual no tenga precedentes en la España postfranquista.

El fuerte aumento del número de hogares a partir de 1996 obliga a señalar, por otra parte, que el impulso de la construcción en ese periodo no respondió sólo a un modelo de crecimiento económico irracional. El discurso sobre la crisis de ese sector no debería llevar a descuidar el estudio de las bases que lo hicieron posible ni a olvidar que el crecimiento se extendió a todos los sectores productivos, provocando una verdadera transformación económica del país.

Pero España puede hacer frente al problema

Aunque sorprenda esta afirmación, la potencia económica de España es muy superior en 2015 a la de 1996. El máximo exponente de esta realidad es la evolución de la población ocupada más estructuralmente integrada en el sistema productivo. La suma de la población empleadora, autónoma, cooperativista y asalariada con contrato indefinido era de 9,12 millones de personas en 1996 pero de 13,76 en 2014, con un aumento del 50,8%. Las personas que han sufrido la crisis han sido otras
Puede sostenerse, por ello, que parte del problema social actual no es económico sino de modelo social. España sí puede por tanto actuar. Y debe hacerlo. Por supuesto por razones de solidaridad y fraternidad humana. Pero también por razones económicas.

Las políticas de garantía de ingresos no sólo son medidas de tipo social; también constituyen uno de los pilares de un modelo más efectivo de desarrollo económico. Las carencias en esta materia son una de las razones del fracaso de España en hacer frente con éxito y rapidez a las consecuencias de la recesión. Por esa razón, la extensión a toda la población del derecho a una garantía mínima de ingresos es una de las principales reformas económicas pendientes en España, una reforma que resulta necesaria para consolidar una estructura social y económica más estable.

España tiene capacidad económica para garantizar un nivel de recursos suficientes a toda su población. La cuestión es que se decida a hacerlo. Y hay que decirlo: en lo relativo a los grupos más desfavorecidos de la población en edad laboral, es algo a lo que se ha resistido conscientemente hasta ahora. España no es en 2015, como tampoco lo era en 2008, un país solidario. No al menos con quienes más necesitan hoy del apoyo de la sociedad, las personas afectadas por el desempleo, en muchos casos personas jóvenes con hijos o hijas.

La cuestión básica que queda sin resolver sigue siendo, por tanto, la misma que cuando se plantearon las primeras experiencias de rentas mínimas autonómicas en España. ¿Quiere o no la sociedad española garantizar a toda su población residente unos recursos económicos mínimos? Y, en caso positivo, ¿en qué condiciones?

La respuesta que se quiera dar a estas preguntas es más relevante que el debate técnico sobre las bondades o perversiones de las distintas modalidades susceptibles de hacer efectiva la protección deseada. La principal tarea de este blog no debería centrarse, por tanto, en defender algún tipo de respuesta con la intención de negar toda virtualidad a otras vías de actuación sino en debatir las distintas alternativas que se nos ofrecen para avanzar en el camino que nos lleve a garantizar a toda la población unos ingresos mínimos suficientes. Y, como premisa previa, insistir en la idea de que todos los habitantes de España tienen un derecho incondicional a esa garantía de ingresos.


PS: Un comentario final para explicar mi participación en este blog. En los últimos meses, instituciones como las Juntas Generales de Gipuzkoa, la Junta de Andalucía, EAPN, Cáritas o Comisiones Obreras, etc., han pedido mi opinión sobre cómo mejorar el sistema de garantía de ingresos. Es en este mismo contexto en el que he aceptado la invitación de Rafael Pinilla a participar en este blog. Mi intención es apoyar, desde una perspectiva técnica y sin contrapartida alguna, a todas aquellas personas que trabajan por mejorar la política de garantía de ingresos en España.

Artículos relacionados: 

La necesidad de un sistema de rentas mínimas que acompañe a los programas tipo Renta Básica

Pensiones no contributivas (PNC), Rentas Mínimas de Inserción (RMI) y Renta Básica de Ciudadanía (RBC)

Una propuesta de la Renta Básica de Ciudadanía que podemos tener en España a partir de 2015



lunes, 12 de enero de 2015

Luis Sanzo comenta la Propuesta de la Renta Basica que Podemos


Sobre la propuesta inicial para una política de Renta Básica de Ciudadanía
El primer modelo de propuesta que introduce Rafael Pinilla para el debate me sugiere los siguientes comentarios:
La Renta Básica es incondicional pero no exime de las obligaciones vinculadas a la pertenencia a la comunidad política en la que se fundamenta la ciudadanía
1. Resulta acertada la insistencia sobre la C de ciudadanía en la aproximación al concepto de Renta Básica así como la referencia al contexto de pacto social en el que se inscribe una medida como esta
Luis Sanzo, Responsable de EPDS
Resulta simplificadora la idea de que la Renta Básica equivale a tener un ingreso garantizado que no tiene implicación alguna en relación a la aportación a la sociedad a través del trabajo, productivo o no. La idea clave es que el concepto de ciudadanía, en tanto que expresión de pertenencia a la comunidad política, viene asociado a un derecho a la existencia que se hace efectivo a través de la Renta Básica. Pero esta misma condición de pertenencia a la comunidad implica también la asunción de las obligaciones inherentes al pacto social que da origen a la ciudadanía, expresión del compromiso mutuo de las personas con la sociedad. El compromiso de la sociedad con la garantía de las necesidades básicas no exime por tanto de la responsabilidad de cumplir con las obligaciones exigidas a cualquier ciudadano o ciudadana en la legislación general del país.
Es sin duda ingenuo pensar que algunas de los ataques que se realizan a las Rentas Mínimas no podrían extenderse a la Renta Básica. La crítica, conservadora pero socialmente muy extendida, del supuesto parasitismo social de las personas beneficiarias de las prestaciones sociales que no trabajan seguiría teniendo incidencia incluso en el caso de que la protección a la población se fundamentara en la Renta Básica.medida como ésta.
Así ocurriría, al menos, si el deber de trabajar siguiera incluyéndose entre las obligaciones exigidas a ciudadanos y ciudadanas. En el caso español, este deber se encuentra reconocido en el artículo 35 de la Constitución de 1978 (“Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo,…) y en su artículo 40 se recoge la contribución de los poderes públicos a que tal derecho pueda hacerse efectivo, al establecer que “realizarán una política orientada al pleno empleo”.
Resulta por tanto necesario considerar, en todo planteamiento de Renta Básica, las obligaciones asociadas al concepto de ciudadanía. La cuestión más relevante en este punto es si el deber de trabajar debe formar parte o no de las obligaciones exigibles a la ciudadanía.
Mi opinión al respecto se basa en los siguientes principios:
a) El principio del deber de trabajar debe sustituirse por un planteamiento más abierto que haga referencia a la obligación de contribuir, mediante la actividad personal, enmarcada o no en el sistema productivo remunerado, al bienestar general de la comunidad política. Es esta idea más amplia de participación en la actividad social a favor de la comunidad, más allá del trabajo productivo remunerado, la que debería quedar asociada al concepto de ciudadanía.
b) En tanto que elemento de aplicación efectiva del derecho a la existencia, con carácter general, la garantía de acceso a la Renta Básica debería primar sin embargo incluso sobre la obligación de participación en actividades sociales a favor de la comunidad en los casos en los que se detectara una actitud completamente apática o de alejamiento respecto a la comunidad. La sociedad, sin embargo, sí podría exigir que las autoridades públicas actuaran, recurriendo a estímulos positivos, para que se cumpliera la obligación de contribución activa a la vida de la comunidad.
c) Sólo en casos excepcionales, bien definidos y siempre que la propia supervivencia de la comunidad política estuviera en peligro, podría llegar a exigirse mecanismos específicos de participación en el trabajo productivo a las personas que no contribuyan activamente a la vida de la sociedad.

2.Esta aproximación al concepto de ciudadanía deja abierta la posibilidad de dejar fuera de la Renta Básica a la población extranjera. En mi opinión, sin embargo, debería extenderse el acceso a la protección a toda persona residente en el territorio que cumpliera con las obligaciones exigidas a la población ciudadana. La idea sería que toda persona extranjera que llega al territorio acabará formando parte en un tiempo relativamente corto de la comunidad política.

Es necesario definir una política de garantía de ingresos que combine la mejora de algunas de las prestaciones ya existentes con la introducción de nuevas modalidades de Renta Básica

Analizando la estrategia para construir un modelo de garantía de Renta Básica de Ciudadanía en España a partir de 2015, resultaría conveniente asumir que lo que se pretende construir es ante todo un sistema de garantía de ingresos suficientes para toda la población residente. Dentro de ese planteamiento general, las modalidades específicas de protección pueden ser diversas aunque con una apuesta creciente por la aplicación de los programas específicos inspirados en la filosofía de la Renta Básica.

En el contexto español, hay dos ámbitos de intervención social ya en marcha que podrían ser objeto de mejora en la línea de consecución del objetivo señalado:

    a) En primer lugar, resulta necesario ajustar al alza las cuantías de las actuales Prestaciones No Contributivas, consolidando nuevas modalidades para cubrir –de forma estructural- a más colectivos de personas desempleadas. Es importante redefinir estas prestaciones de forma que se ajusten de forma más efectiva a los principios inspiradores de la Renta Básica. El hecho de que se definan como prestaciones individuales lo hace posible.

    b) En segundo lugar, es preciso convertir el actual sistema de Rentas Mínimas Autonómicas en un verdadero sistema estatal de protección, estableciendo una última red de garantía para el acceso a unos ingresos mínimos. Respetuoso del derecho de iniciativa autonómica y de su gestión por las CCAA, este sistema debe contar con una base financiera del Estado para garantizar una protección básica común, integrándose por esa vía en el sistema general de protección estatal.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario empezar a dar pasos significativos en la línea de la introducción de programas específicos de Renta Básica. La prioridad principal sería establecer una Renta Básica para menores, ligada al rango del nacimiento (para prevenir estimular en su caso, la dinámica de la natalidad). Sería una vía operativa para empezar a introducir prestaciones familiares que permitieran abordar de manera decidida los problemas vinculados a la pobreza infantil.

Esta reforma podría implementarse de manera progresiva, incorporando inicialmente a los grupos de renta baja y, progresivamente, al conjunto de la población. Conforme se fuera aplicando este programa de Renta Básica debería procederse a la eliminación del sistema de deducción por hijos/as en el IRPF.

Otra medida de Renta Básica sería la que se derivaría del Fondo para la Renta Básica que plantea Rafael Pinilla. Sus beneficiarios serían los contribuyentes a dicho Fondo. La gestión de este Fondo, que podría ser gestionado en el ámbito autonómico, sería independiente del sistema de Rentas Mínimas Autonómicas aun cuando los ingresos personales derivados de este Fondo se computarían en estos programas de garantía de ingresos autonómicos[1].

La apuesta en favor del sistema de garantía de ingresos y de la Renta Básica debería combinar realismo y ambición

España se enfrenta a grandes retos sociales en los próximos años, en particular al del mantenimiento del actual sistema de pensiones. Este sistema se enfrenta al acelerado proceso de envejecimiento de una población que sin embargo ha consolidado un derecho a pensiones de cuantía media creciente respecto a generaciones anteriores. El posible desajuste, puesto ya de manifiesto en la necesidad de recurrir al Fondo de Reserva del sistema, se ve acentuado por la significativa caída, a raíz de la crisis, de la población ocupada que deberá sostener financieramente el sistema. En un contexto así, las propuestas de reforma deben ser presididas por el realismo y la prudencia. España no podrá permitirse reformas en el gasto que superen con creces el 2-3% del PIB. Estas reformas deberán incluir, además de las medidas de Renta Básica y de garantía de ingresos, la mejora de los servicios públicos, la sanidad, la educación o la dependencia.

A la vista de los dramáticos efectos de la crisis sobre la población, resulta sin embargo igualmente necesario un mínimo de ambición. El esfuerzo inicial de reforma en programas de garantía de ingresos desde el Estado no debería ser inferior al 0,5% del PIB español, aumentando de forma progresiva hasta el 1% en un periodo de cuatro o cinco años. Este esfuerzo se basaría en una aportación fija a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Estas aportaciones para las políticas de garantía de ingresos se completarían con las que se derivaran de la introducción del Fondo para la Renta Básica que plantea Rafael Pinilla.


Lucha contra los bajos salarios y estímulos al empleo

La propuesta recoge la necesidad de compatibilizar los programas de garantía de ingresos con los ingresos por trabajo. Se trata de un planteamiento necesario para estimular de forma positiva el acceso al trabajo, garantizar la protección a las personas con bajos salarios y establecer un modelo en el que la participación en la generación de recursos financieros para la sociedad se asocie a un mayor nivel de garantía de ingresos que quienes no tienen esa participación.

Resulta por tanto necesario un ajuste del sistema fiscal –en particular del IRPF- para garantizar, para el conjunto de la sociedad, la correlación entre los ingresos por actividad económica y los ingresos finales después de transferencias sociales, recurriendo a una modalidad de créditos fiscales inspirada en el modelo británico o a un sistema de impuesto negativo como el que habitualmente se plantea en España de cara a la introducción de sistemas de Renta Básica. En su defecto, podría pensarse en introducir en el sistema de rentas mínimas un sistema de estímulos al empleo, similar al existente en Francia o en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

[1]   Podría pensarse igualmente en modelos de Renta Básica para funciones profesionales socialmente prioritarias pero que tienen un recorrido económico muy limitado en el ámbito del mercado. Podría pensarse, por ejemplo, en una Renta Básica para profesionales del mundo de la cultura que contribuiría a mantener la diversidad en un sector que, dejado al libre mercado, podría acabar traduciéndose en unas pocas, limitadas y concentradas expresiones. El Fondo previsto podría destinarse en parte a esta finalidad.

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